EXHORTA DIPUTADO JAIME CANTÓN A PROFECO A INVESTIGAR PRÁCTICAS DE TELCEL SOBRE USO DE DATOS PERSONALES
Mexicali, B.C.- El diputado Jaime Eduardo Cantón Rocha, integrante del Grupo Parlamentario de MORENA, presentó ante el pleno un punto de acuerdo para exhortar al titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), César Iván Escalante Ruiz, a realizar una revisión técnica y jurídica del contrato de adhesión utilizado por Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. (Telcel), la empresa de telecomunicaciones con mayor participación de mercado en México.
El exhorto fue acompañado por una iniciativa de reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor que busca prohibir expresamente que cualquier empresa condicione la venta, adquisición o suministro de bienes y servicios a la aceptación del tratamiento de datos personales para finalidades secundarias.
La acción legislativa parte de una denuncia documentada por la asociación civil PRODECO (Protección de los Derechos del Consumidor), presidida por Sergio Moctezuma Martínez, que identificó cláusulas en el aviso de privacidad de Telcel que, a juicio de la organización, condicionan la prestación del servicio a que el usuario autorice el uso comercial de sus datos personales.
Entre las disposiciones señaladas se encuentran: el análisis de datos del consumidor —incluida información de redes sociales— para generar perfiles con fines publicitarios; la compartición de dichos perfiles con empresas del grupo y socios comerciales; así como la transferencia de datos a terceros, incluyendo instituciones financieras, salvo oposición expresa del usuario.
La iniciativa establece que ningún proveedor podrá condicionar la relación comercial a la aceptación del tratamiento de datos para finalidades distintas a las estrictamente necesarias para la prestación del servicio, es decir, no restringe la capacidad de las empresas de solicitar consentimiento para usos comerciales, pero exige que sea libre, informado y no condicionado.
El diputado Cantón sustentó su propuesta en tres ordenamientos federales: la Ley Federal de Protección al Consumidor, que prohíbe prácticas comerciales coercitivas y el condicionamiento de servicios, en los artículos 7, 10, 43 y 58; en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que establece en el artículo 185 en sus fracciones III, XIV y XIX, la protección de datos y el derecho a no recibir comunicaciones no solicitadas; por último en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, los artículos 7, 8, 14 y 27 referentes al consentimiento libre y los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición (ARCO) al tratamiento de sus datos personales ante el responsable.

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